Colmenar Viejo logra que Hacienda reduzca un 22% el valor catastral de inmuebles en 2015

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IBI

Nuevo Imparcial.- El Ayuntamiento de Colmenar Viejo ha conseguido que el Ministerio de Hacienda incluya a la localidad en la relación de municipios a los que se aplicarán los coeficientes de actualización de valores catastrales que apruebe la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2015, fijándose en un 22% el coeficiente reductor que se aplicará al valor de los bienes inmuebles urbanos del municipio. “Es una gran noticia porque habíamos solicitado la aplicación del coeficiente reductor en innumerables ocasiones y hasta ahora no habíamos obtenido respuesta. Por fin, era de justicia, Hacienda nos ha concedido esa aplicación lo que significa que no sólo se adaptarán los valores de los inmuebles a los precios de mercado actuales sino que también nos dará más margen al Ayuntamiento para conseguir el objetivo de congelar el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) e incluso bajarlo si las circunstancias lo permiten”, ha explicado el Concejal de Hacienda colmenareño, César de la Serna.

La última vez que el Ayuntamiento de Colmenar Viejo solicitó a Hacienda la aplicación del coeficiente reductor fue el pasado mes de marzo. El Consistorio aprovechó la normativa más reciente que había entrado en vigor sobre la actualización de los valores catastrales de los municipios para volver a pedir a la Dirección General del Catastro que se atendiera su solicitud, más cuando Colmenar Viejo cumplía con los tres requisitos necesarios para ello. El Ministerio de Hacienda acaba de comunicar al Ayuntamiento que,efectivamente, “concurren los requisitos establecidos en la Ley” por lo que decide atender su solicitud.

“La aplicación de ese coeficiente reductor no sólo nos dará más margen para jugar con el tipo impositivo del IBI que pone el Ayuntamiento sino que también prácticamente congelará el valor catastral de los inmuebles en lo que queda de ponencia, es decir, desde 2015 a 2018. Esto redundará no sólo en los recibos de este impuesto de los próximos años (sin coeficiente reductor, el valor catastral se incrementa progresivamente a lo largo de los años de vigencia de la ponencia) sino también en otros impuestos que gravan la vivienda, como el impuesto de patrimonio, el de plusvalía (que se calcula directamente sobre la base catastral del inmueble) o, incluso, el IRPF”, ha señalado el Edil César de la Serna.