España se adapta a la nueva Ley de Movilidad en el transporte publico y privado por COVID19

990

Según la nueva orden del Ministerio de Transportes y Movilidad publicada ayer domingo, a partir de hoy 11 de mayo, se permitirá a las personas que convivan en el mismo domicilio ocupar todas las plazas de su coche particular sin necesidad sin necesidad de llevar mascarilla, tanto en los territorios que están en fase 0 como en fase 1.

Aunque ahora se permita la ocupación completa de las plazas del vehículo por todas las personas que vivan en la misma casa, el uso del coche particular sigue limitado a determinadas actividades.

En cuanto al transporte público regular, discrecional y privado complementario de viajeros en autobús o tren, se deberá dejar vacío el asiento contiguo para separar a los pasajeros y con la obligatoriedad del uso de mascarilla, excepto si conviven juntos. En todo caso, en los autobuses se mantendrá siempre vacía la fila posterior a la butaca ocupada por el conductor. En la distribución de la ocupación se prestará especial atención a la habilitación de espacios para personas con discapacidad.

En los transportes públicos colectivos de viajeros de ámbito urbano y periurbano, en los que existan plataformas habilitadas para el transporte de viajeros de pie, se procurará que las personas mantengan entre sí la máxima distancia posible, estableciéndose como referencia la ocupación de la mitad de las plazas sentadas disponibles, y de dos viajeros por cada metro cuadrado en la zona habilitada para viajar de pie.

En los vehículos en los que, por sus características técnicas, únicamente se disponga de una fila de asientos, como cabinas de vehículos pesados o furgonetas, podrán viajar como máximo dos personas, siempre que sus ocupantes utilicen mascarillas y guarden la máxima distancia posible. En caso contrario, únicamente podrá viajar el conductor.

En el caso de las motos, ciclomotores y vehículos categoría L en general, la orden establece que se pueden viajar dos personas, siempre que lleven casco integral con visera o utilicen mascarilla o residan en el mismo domicilio. El uso de guantes será obligatorio tanto para el conductor como para el pasajero, siendo admitidos los guantes de protección de motoristas.