Sanidad amplía la recogida datos epidemiológicos de las CCAA

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El Ministerio de Sanidad ha impulsado una orden ministerial que regula las obligaciones y procedimientos de obtención y comunicación de información para la vigilancia epidemiológica relacionada con el COVID-19 durante la fase de transición hacia una nueva normalidad.

La vigilancia en la fase de transición exige sistemas de información epidemiológica que proporcionen diariamente datos completos y precisos para la toma de decisiones.

El texto, publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE), tiene como objetivo asegurar que esta información sea “relevante, oportuna, operativa y homogénea” a nivel de todas las comunidades autónomas y ciudades autónomas.

  • La vigilancia en la fase de transición exige sistemas de información epidemiológica que proporcionen diariamente datos completos y precisos para la toma de decisiones
  •  El SiViEs y el CCAES solicitan a las CCAA datos más detallados del personal sanitario
  •  Los sistemas de recogida de datos incorporan nuevas variables sobre casos confirmados y sospechosos, así como el número de profesionales de los servicios de vigilancia epidemiológica dedicados a la respuesta al COVID-19
  •  Las comunidades autónomas garantizarán que se realice una prueba PCR a cada caso sospechoso de COVID-19 en las primeras 24 horas desde el conocimiento de los síntomas
  •  Se determina que el COVID-19 es una enfermedad de declaración obligatoria urgente

La orden obliga a todos los centros, servicios y establecimientos sanitarios y sociosanitarios, tanto del sector público como del privado, así como a los profesionales sanitarios que trabajan en ellos, a facilitar todos los datos necesarios para el seguimiento y la vigilancia epidemiológica del COVID-19 que le sean requeridos por la autoridad sanitaria competente. Los tendrán que aportar en el formato adecuado y en el tiempo oportuno, incluidos los datos necesarios para identificar de forma inequívoca a los ciudadanos.

También se establece que las comunidades y ciudades autónomas garantizarán que se realice una prueba PCR u otra técnica de diagnóstico molecular adecuada a cada caso sospechoso de COVID-19 en las primeras 24 horas desde el conocimiento de los síntomas. Los procedimientos que regulan la definición de cuadro sospechoso se aprobarán en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (SNS).

Por otra parte, desde hoy, las unidades de salud pública de las CCAA deberán obtener a diario los datos de casos sospechosos y confirmados, del sistema público y del privado, así como de los servicios de prevención de riesgos laborales.